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Obtención de la denominación social de la sociedad limitada Nueva Empresa
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Para ello se remitirá al Registro Mercantil Central el documento único electrónico con los siguientes documentos:
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Nombre y apellidos del socio fundador |
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Nombre y apellidos del beneficiario |
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Nombre y apellidos del socio solicitante o del representante en su caso. |
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Elección del Notario autorizante de la escritura pública de constitución de la sociedad.
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Incorporación de los datos relativos a la escritura de constitución al DUE.
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Obtención del NIF provisional de la sociedad, esta solicitud se remitirá a la Administración Tributaria competente.
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Autoliquidación del impuesto sobre Transimisones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados.
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Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil correspondiente a cada provincia, esta copia autorizada electrónica se remite junto con el DUE al Registro Mercantil Central.
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Obtención del NIF definitivo a través de la Administración Tributaria competente.
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El Notario deberá expedir una copia en papel autorizada de la escritura de constitución de la sociedad, en un plazo no superior a 24 horas.
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Declaración censal de inicio de la actividad ante la Administración Tributaria competente.
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Alta en el IAE a efectos censales. Para ello remitir el documento úncio electrónico a la Administración Tributaria competente.
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Formalización de la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y de la prestación económica por incapacidad temporal por contingencias comunes de los trabajadores.
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Inscripción del empresario en la Seguridad Social y apertura del código cuenta cotización CCC
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Asignación del número de la Seguridad Social y reconocimiento de la condición de afiliado del trabajador.
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Obtención del alta del trabajador en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
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